Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Durante los primeros 100 días del nuevo gobierno se abrieron numerosos frentes de conflicto y de confrontación, y mientras muchos de ellos siguen sin resolverse comenzaron a abrirse otros aún más complicados y más profundos.
A continuación hago un recuento, en dos partes, de los hechos suscitados: un recordatorio de algunos de los asuntos más visibles durante los primeros 100 días, que aún no se resuelven, y un listado de las nuevas situaciones que se generaron después de ese lapso y que vienen a avivar la inestabilidad política.
No creo que sea sano que las autoridades intenten apostar al olvido de los ciudadanos. No es bueno ser coleccionista de conflictos.
Recordatorio de asuntos pendientes de los primeros 100 días:
Sotuta. Los daños ocasionados con violencia por priístas siguen sin castigo.
Nepotismo. Sigue en su puesto el cuñado de la Gobernadora.
Camionetas del Congreso. Sigue sin aclararse. Ya se apunta contra un panista
Diconsa. Gran escándalo del DIF y, finalmente, las cosas quedaron como antes.
Intoxicados. Nunca aparecieron los 85 niños intoxicados de Kinchil.
Perfiles. Sigue sin explicación porqué no se hizo caso a los “perfiles rectores”.
Gabinete sin mujeres. Sigue sin corregirse la falta de equidad de género.
Bajar sueldos a funcionarios. Sigue sin cumplirse esta promesa de campaña.
Dean. Sigue sin rendirse un informe detallado de daños en 59 municipios.
Impunidad. Un subprocurador sigue acusado ante Derechos Humanos.
Peritajes cambiados. Sigue sin conocerse investigación sobre este asunto.
Millonaria aportación al PRI. Sigue sin aclararse quienes la hicieron.
Policía civil. Sigue sin explicación del porqué de su existencia.
Después de los 100 días (hasta el 30 de noviembre):
Inseguridad. Sujetos armados irrumpen en una residencia de Benito Juárez Norte y no roban nada. Se dice que fueron los Zetas. Es negado oficialmente.
Inconstitucionalidad. Sin pruebas, la Procuraduría detiene y arraiga al ex director de la Cousey. Lo acusan por el robo calificado de un “power point”. En el caso se ven involucrados empresarios y se ponen en riesgo importantes inversiones.
“Levantados”. La Procuraduría “levanta”, sin cita previa, a la esposa y al hijo de un ex funcionario acusado de robo.
Ley de Salud violada. Al no instalarse a tiempo el Consejo Estatal del ramo.
Descortesía. En Baca, el DIF hace esperar 3 horas a personas con discapacidad.
Inocentes detenidos. Cinco personas son detenidas durante decomiso de drogas y armas en Temozón. Luego fueron liberadas… Eran inocentes.
Ley mordaza. Se cancela la participación del ex gobernador a una entrevista de radio en la que hablaría del caso de la Cousey.
Destituida pero no arraigada. Trabajadores del Caimede se amotinan y logran la destitución de su directora, a quien acusan de varios delitos graves.
Otra ley violada. Se acusa al Ejecutivo de violar disposiciones electorales, al no retirar a tiempo los anuncios con imágenes de su titular.
Hostigamiento. El Dr. Luis Loría Gorocica, ex subdirector del O'Horán, se queja de hostigamiento: le impiden entrar a su centro de trabajo.
Ola de amparos. Se da a conocer que con apenas mes y medio en el cargo, el procurador de Justicia es contra quien que se han presentado más amparos.
Zafarrancho. Se impide a los reporteros dar cobertura a una comparecencia del ex gobernador por el caso Cousey. El Ejecutivo los culpa del zafarrancho.
Detención infundada. La SPV detiene a presuntos traficantes de chinos pero la PGR los libera porque no hubo flagrancia de por medio.
Más “after” que antes. Aumenta el servicio “after” en bares y restaurantes pese a la promesa oficial de combatir el problema “sin cuartel”.
Arraigado con orden de aprehensión. Tras 10 días de arraigarlo, la Procuraduría no turna al Juzgado 7o. de Defensa Social a un inculpado contra quien hay orden de aprehensión desde hace semanas.
Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
viernes, 30 de noviembre de 2007
sábado, 24 de noviembre de 2007
El arraigo inconstitucional ahora y antes
Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
No se trata de cuantificar quien viola menos o quien viola más a la Constitución General de la República, se trata de enderezar el camino. Se trata de reconocer y corregir lo que, con argumentos constitucionales, se ha señalado que es incorrecto. Es lo prometido.
Escuché con atención el audio-editorial del Sr. Manuel Triay Peniche, publicado en la versión
electrónica del Diario, en el que hace una serie de señalamientos respecto a un artículo de un servidor que, con todo respeto, considero ameritan algunos comentarios adicionales.
Don Manuel refiere que bajo el título de “¡Adiós a toda garantía!” el Diario publicó el jueves pasado un editorial mío “relacionado con el arraigo de dos ex funcionarios panistas”. En mi escrito jamás me referí a persona o a caso alguno en particular, fue una opinión sui géneris basada en lo que dispone la Constitución Federal.
Mi punto de vista no fue político sino que estuvo sustentado en el derecho y coincide con el del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, José Luis Soberanes Fernández; con el del presidente del Colegio de Abogados, Mario Canto Gómez, y con el del reconocido penalista Rubén Bolio Pastrana, según publicaciones del Diario. Y es que no podría ser de otra manera porque sólo existe una Constitución Federal y dice exactamente lo mismo.
Don Manuel agrega: “Yo creo que doña Ivonne y su gobierno deben agradecerle al vocero panista el que les informe o tal vez les recuerde que cada vez que arraigan a alguien están actuando en contra de la Constitución General de la República, en contra de los derechos individuales más sagrados”.
Aunque tiene razón Don Manuel en esta aseveración -sobre lo que ocurre con cada arraigo- en mi artículo jamás hice alusión al actual Poder Ejecutivo ni a su titular. Repito, sólo usé los términos de la Constitución, y si escribí que los jueces locales tienen la obligación de respetar la Carta Magna por encima de lo que digan las leyes ordinarias, es porque así lo dice el artículo 133 de esta norma fundamental.
En el último párrafo hago una sugerencia velada a los diputados locales (no distinguí entre panistas, priistas o perredistas) para que, como una muestra de voluntad, sean ellos quienes se encarguen de corregir esta situación de inconstitucionalidad y de anticonstitucionalidad, antes de que tenga que hacerse por la vía de los amparos.
Don Manuel señala: “Pero así como doña Ivonne debe agradecer al vocero del PAN, Patricio Patrón debe de reclamarle airadamente… ¿Cómo es posible que durante los seis años de su gobierno el PAN no le haya dicho que con su actuación estaba violando los derechos de sus gobernados y estaba violando la Carta Magna?”
En primer lugar, yo creo que doña Ivonne, como se refiere Don Manuel a la Gobernadora, no tendría nada que agradecerme porque, insisto, yo no me dirigí a ella en particular ni a alguien de su gobierno. Lo que tenga que agradecer o desagradecer la señora Gobernadora seguramente será hacia su aparato de justicia.
En segundo, don Patricio Patrón, como se refiere Don Manuel al ex gobernador, no tendría porque reclamarme airadamente por los siguientes motivos:
a) Nunca tuve conocimiento que en el gobierno anterior se hayan hecho arraigos porque no fue un tema de debate público, al menos yo no lo supe. Nadie podría opinar sobre algo que desconoce. De cualquier manera, insisto, el arraigo es una figura jurídica inconstitucional con aplicación anticonstitucional que jamás debió existir en la legislación local.
b) Don Patricio Patrón tampoco tendría porque reclamarme airadamente porque yo no fui vocero ni del PAN ni de su despacho durante el sexenio anterior.
Don Manuel indica: “Seguramente por esa falta de información el arraigo fue práctica común en el gobierno panista”. Esto significaría que ahora que el gobierno actual ya tiene esta información ¿debe rectificar y dejar de aplicar esa figura inconstitucional? ¿Es suficiente con que tenga esta información para que el arraigo deje de ser una práctica?
Don Manuel agrega: “Tan solo en el último año (el gobierno anterior) arraigó a 23… Sí. Patricio violó la Constitución 23 veces en un solo año y privó de sus derechos a 23 yucatecos”.
Podría decir que en sólo 100 días se ha arraigado a muchas más personas que a esas 23 durante todo un año, sería interesante conocer este dato periodístico, así como las razones por las que fueron arraigadas esas 23 personas y hacer una comparación, pero, en mi humilde opinión, insisto que no se trata de ver quien viola menos o quien viola más a la Constitución, se trata de que ahora ya salió a relucir esta grave irregularidad y de que las autoridades en turno deben hacer algo para restituir el estado de Derecho. Nada más. Es lo prometido.
Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
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No se trata de cuantificar quien viola menos o quien viola más a la Constitución General de la República, se trata de enderezar el camino. Se trata de reconocer y corregir lo que, con argumentos constitucionales, se ha señalado que es incorrecto. Es lo prometido.
Escuché con atención el audio-editorial del Sr. Manuel Triay Peniche, publicado en la versión
electrónica del Diario, en el que hace una serie de señalamientos respecto a un artículo de un servidor que, con todo respeto, considero ameritan algunos comentarios adicionales.
Don Manuel refiere que bajo el título de “¡Adiós a toda garantía!” el Diario publicó el jueves pasado un editorial mío “relacionado con el arraigo de dos ex funcionarios panistas”. En mi escrito jamás me referí a persona o a caso alguno en particular, fue una opinión sui géneris basada en lo que dispone la Constitución Federal.
Mi punto de vista no fue político sino que estuvo sustentado en el derecho y coincide con el del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, José Luis Soberanes Fernández; con el del presidente del Colegio de Abogados, Mario Canto Gómez, y con el del reconocido penalista Rubén Bolio Pastrana, según publicaciones del Diario. Y es que no podría ser de otra manera porque sólo existe una Constitución Federal y dice exactamente lo mismo.
Don Manuel agrega: “Yo creo que doña Ivonne y su gobierno deben agradecerle al vocero panista el que les informe o tal vez les recuerde que cada vez que arraigan a alguien están actuando en contra de la Constitución General de la República, en contra de los derechos individuales más sagrados”.
Aunque tiene razón Don Manuel en esta aseveración -sobre lo que ocurre con cada arraigo- en mi artículo jamás hice alusión al actual Poder Ejecutivo ni a su titular. Repito, sólo usé los términos de la Constitución, y si escribí que los jueces locales tienen la obligación de respetar la Carta Magna por encima de lo que digan las leyes ordinarias, es porque así lo dice el artículo 133 de esta norma fundamental.
En el último párrafo hago una sugerencia velada a los diputados locales (no distinguí entre panistas, priistas o perredistas) para que, como una muestra de voluntad, sean ellos quienes se encarguen de corregir esta situación de inconstitucionalidad y de anticonstitucionalidad, antes de que tenga que hacerse por la vía de los amparos.
Don Manuel señala: “Pero así como doña Ivonne debe agradecer al vocero del PAN, Patricio Patrón debe de reclamarle airadamente… ¿Cómo es posible que durante los seis años de su gobierno el PAN no le haya dicho que con su actuación estaba violando los derechos de sus gobernados y estaba violando la Carta Magna?”
En primer lugar, yo creo que doña Ivonne, como se refiere Don Manuel a la Gobernadora, no tendría nada que agradecerme porque, insisto, yo no me dirigí a ella en particular ni a alguien de su gobierno. Lo que tenga que agradecer o desagradecer la señora Gobernadora seguramente será hacia su aparato de justicia.
En segundo, don Patricio Patrón, como se refiere Don Manuel al ex gobernador, no tendría porque reclamarme airadamente por los siguientes motivos:
a) Nunca tuve conocimiento que en el gobierno anterior se hayan hecho arraigos porque no fue un tema de debate público, al menos yo no lo supe. Nadie podría opinar sobre algo que desconoce. De cualquier manera, insisto, el arraigo es una figura jurídica inconstitucional con aplicación anticonstitucional que jamás debió existir en la legislación local.
b) Don Patricio Patrón tampoco tendría porque reclamarme airadamente porque yo no fui vocero ni del PAN ni de su despacho durante el sexenio anterior.
Don Manuel indica: “Seguramente por esa falta de información el arraigo fue práctica común en el gobierno panista”. Esto significaría que ahora que el gobierno actual ya tiene esta información ¿debe rectificar y dejar de aplicar esa figura inconstitucional? ¿Es suficiente con que tenga esta información para que el arraigo deje de ser una práctica?
Don Manuel agrega: “Tan solo en el último año (el gobierno anterior) arraigó a 23… Sí. Patricio violó la Constitución 23 veces en un solo año y privó de sus derechos a 23 yucatecos”.
Podría decir que en sólo 100 días se ha arraigado a muchas más personas que a esas 23 durante todo un año, sería interesante conocer este dato periodístico, así como las razones por las que fueron arraigadas esas 23 personas y hacer una comparación, pero, en mi humilde opinión, insisto que no se trata de ver quien viola menos o quien viola más a la Constitución, se trata de que ahora ya salió a relucir esta grave irregularidad y de que las autoridades en turno deben hacer algo para restituir el estado de Derecho. Nada más. Es lo prometido.
Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
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miércoles, 21 de noviembre de 2007
De ilegalidad en ilegalidad: ahora con los arraigos
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
El arraigo, como figura jurídica, es inconstitucional porque no tiene fundamento alguno en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es una palabra que ni siquiera existe en el articulado de la norma fundamental. Dicho de otra manera, el arraigo no tiene sustento constitucional. Sin embargo, su aplicación es anticonstitucional porque vulnera numerosas disposiciones de la Carta Magna.
Cuando una norma no tiene sustento constitucional se está violando el principio de legalidad que es el que determina que todo ejercicio de potestades debe sustentarse en normas jurídicas. Esto significa que toda norma, sea federal o local, debe estar fundamentada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En concordancia, el Artículo 133 de la Carta Magna establece el principio de Supremacía Constitucional en los siguientes términos: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
Esta disposición pone en evidencia la obligación constitucional que tienen los jueces locales de respetar la Carta Magna por encima de lo que digan las leyes ordinarias. La situación es clara: en Yucatán se está aplicando una figura que ni siquiera está contemplada en la Constitución Federal en clara violando a los principios de Legalidad y de Supremacía Constitucional.
Pero al hacerse efectivo el arraigo se incurre en la vulneración de garantías individuales tuteladas por la Constitución. La ejecución del arraigo es contraria al espíritu de la Norma Fundamental e incluso rebasa la protección de las garantías individuales.
La Constitución Federal permite la afectación de la libertad personal sólo en determinados casos:
a) Cuando se trate de delito flagrante. Quien haga la detención debe poner sin demora al indiciado a disposición de la autoridad inmediata y ésta al Ministerio Público, quien realizará la consignación.
b) Cuando se trate de casos urgentes, tratándose de delitos graves y ante el riesgo fundado de que el indiciado se sustraiga de la justicia y no se puede acudir ante un juez, el Ministerio Público puede realizar la detención bajo su responsabilidad, supuesto en que tendrá, ordinariamente, un plazo de 48 horas para poner al detenido a disposición de la autoridad judicial, la que de inmediato ratificará la detención o decretará la libertad.
c) Cuando medie orden de aprehensión dictada por autoridad judicial, quedando obligada la autoridad ejecutora a poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad.
d) Cuando por virtud de auto de formal prisión dictado por el juez de la causa, dentro del improrrogable plazo de 72 horas a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición; y,
e) Cuando tratándose de sanciones por infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía, se permite el arresto hasta por 36 horas.
¿En qué parte de la Constitución Federal dice que se puede privar de la libertad a una persona mediante arraigo? Mientras en la Constitución se cuidó mucho tutelar la libertad personal, y se establecieron las excepciones para afectarla, con el arraigo basta la simple sospecha para violar esta garantía individual. Y mientas en la Constitución se establecieron plazos breves de detención: de 36, de 48 y de 72 horas, aún en casos de flagrancia y de delitos graves, según el caso, con el arraigo se puede privar de la libertad a una persona hasta por 60 días. ¡Al traste todas las garantías individuales!
Decía don Rubén Bolio Pastrana que esta situación puede ser combatida vía amparos hasta que se logre una Jurisprudencia con fuerza de ley que evite más situaciones de inconstitucionalidad y de anticonstitucionalidad. Pero, ¿por qué no mejor los diputados locales se dan a la tarea de evitar tanto trámite judicial y de una vez por todas erradiquen de la legislación local esta figura de arraigo que no tiene sustento legal y que da pie a la violación de garantías individuales? Esto hablaría muy bien de ellos. La duda es ¿Lo harán o esperarán a que sean las autoridades judiciales federales a que lo hagan? Esta es una buena oportunidad de demostrar que en verdad se quiere vivir en Estado de Derecho.
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
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El arraigo, como figura jurídica, es inconstitucional porque no tiene fundamento alguno en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es una palabra que ni siquiera existe en el articulado de la norma fundamental. Dicho de otra manera, el arraigo no tiene sustento constitucional. Sin embargo, su aplicación es anticonstitucional porque vulnera numerosas disposiciones de la Carta Magna.
Cuando una norma no tiene sustento constitucional se está violando el principio de legalidad que es el que determina que todo ejercicio de potestades debe sustentarse en normas jurídicas. Esto significa que toda norma, sea federal o local, debe estar fundamentada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En concordancia, el Artículo 133 de la Carta Magna establece el principio de Supremacía Constitucional en los siguientes términos: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
Esta disposición pone en evidencia la obligación constitucional que tienen los jueces locales de respetar la Carta Magna por encima de lo que digan las leyes ordinarias. La situación es clara: en Yucatán se está aplicando una figura que ni siquiera está contemplada en la Constitución Federal en clara violando a los principios de Legalidad y de Supremacía Constitucional.
Pero al hacerse efectivo el arraigo se incurre en la vulneración de garantías individuales tuteladas por la Constitución. La ejecución del arraigo es contraria al espíritu de la Norma Fundamental e incluso rebasa la protección de las garantías individuales.
La Constitución Federal permite la afectación de la libertad personal sólo en determinados casos:
a) Cuando se trate de delito flagrante. Quien haga la detención debe poner sin demora al indiciado a disposición de la autoridad inmediata y ésta al Ministerio Público, quien realizará la consignación.
b) Cuando se trate de casos urgentes, tratándose de delitos graves y ante el riesgo fundado de que el indiciado se sustraiga de la justicia y no se puede acudir ante un juez, el Ministerio Público puede realizar la detención bajo su responsabilidad, supuesto en que tendrá, ordinariamente, un plazo de 48 horas para poner al detenido a disposición de la autoridad judicial, la que de inmediato ratificará la detención o decretará la libertad.
c) Cuando medie orden de aprehensión dictada por autoridad judicial, quedando obligada la autoridad ejecutora a poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad.
d) Cuando por virtud de auto de formal prisión dictado por el juez de la causa, dentro del improrrogable plazo de 72 horas a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición; y,
e) Cuando tratándose de sanciones por infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía, se permite el arresto hasta por 36 horas.
¿En qué parte de la Constitución Federal dice que se puede privar de la libertad a una persona mediante arraigo? Mientras en la Constitución se cuidó mucho tutelar la libertad personal, y se establecieron las excepciones para afectarla, con el arraigo basta la simple sospecha para violar esta garantía individual. Y mientas en la Constitución se establecieron plazos breves de detención: de 36, de 48 y de 72 horas, aún en casos de flagrancia y de delitos graves, según el caso, con el arraigo se puede privar de la libertad a una persona hasta por 60 días. ¡Al traste todas las garantías individuales!
Decía don Rubén Bolio Pastrana que esta situación puede ser combatida vía amparos hasta que se logre una Jurisprudencia con fuerza de ley que evite más situaciones de inconstitucionalidad y de anticonstitucionalidad. Pero, ¿por qué no mejor los diputados locales se dan a la tarea de evitar tanto trámite judicial y de una vez por todas erradiquen de la legislación local esta figura de arraigo que no tiene sustento legal y que da pie a la violación de garantías individuales? Esto hablaría muy bien de ellos. La duda es ¿Lo harán o esperarán a que sean las autoridades judiciales federales a que lo hagan? Esta es una buena oportunidad de demostrar que en verdad se quiere vivir en Estado de Derecho.
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
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lunes, 19 de noviembre de 2007
Es urgente un contrapeso a los abusos del poder
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
En estos momentos difíciles para Yucatán, a consecuencia del regreso de las viejas y dañinas prácticas priístas desde el gobierno que con desparpajo son repetidas pero al mismo tiempo son minimizadas o ignoradas por los mismos responsables, es mucho más legítima y urgente la demanda social de una oposición responsable y unida, pues sólo de esta manera se podría constituir un contrapeso más legítimo a los abusos reales del poder.
Críticas de panistas contra panistas se escuchan y se leen en diferentes ámbitos públicos, y las filtraciones de información que se genera en reuniones privadas ya son recurrentes, y quizá hasta son festinadas por sus autores desde el anonimato.
Sale sobrando decir que un partido es una institución pública y que, por tanto, sus acciones y decisiones necesariamente deben estar bajo el escrutinio público. Sin embargo, no se debe confundir la transparencia con la falta de disciplina.
Los intereses personales y/o de grupo son legítimos de manera que deben ser atendidos y dirimidos en las instancias que existen para tal efecto. Si algo no le parece a alguien debe decirlo de frente, debe aportar pruebas y debe recurrir a las instancias que sean necesarias, ya que, repito, para eso fueron instituidas. Para además, existen el diálogo y la negociación que son los instrumentos vitales para la acción política ¿Hacemos política desde arriba y desde abajo? La libertad de expresión no es sinónimo de autodestrucción.
Cada acusación y cada escándalo públicos de panistas por la defensa de intereses personales o de grupo que se anteponen a la aspiración máxima de “Por una patria ordenada y generosa, y una vida mejor y más digna para todos” probablemente afecten a otros panistas, a las dirigencias, a ex funcionarios o a ex dirigentes contra quienes van dirigidas, pero el daño grave es para toda una institución que tardó más de 50 años para construirse una imagen de confianza basada en valores ¿Se ha reflexionado sobre esta situación?
La primera autocrítica, entendida como “los juicios que se realizan sobre comportamientos propios”, debería comenzar precisamente con las acciones que cada quien realice en función del interés personal, de grupo o del institucional.
¿Qué aporta o cómo afecta una crítica o una denuncia pública contra mi propio partido?, ¿Tengo pruebas para sostener lo que digo o sólo busco el impacto mediático que deje mal a otro panista o a otro grupo de panistas?, ¿Quién fue el que inició la agresión?, ¿Debo ser prudente o debo contestar y empeorar la agresión?, ¿Existen las instancias para dirimir mis inconformidades?, ¿He recurrido a ellas?, ¿Son los medios de comunicación la instancia para dirimir las diferencias internas?, ¿Ayudan en algo al partido las filtraciones de información de asuntos internos?
¿En qué medida afectará a los panistas determinadas decisiones?, ¿Estoy dispuesto a pedir perdón por una mala decisión?, ¿Hay respeto a los estatutos?, ¿Hay garantías para impartir justicia partidista?, ¿Hay a apego a los principios de solidaridad, subsidiariedad, respeto ala dignidad de la persona humana y bien común?, ¿El deseo y el esfuerzo de unidad es real y sincero?, ¿Tengo la capacidad de autocrítica y de aceptar mi responsabilidad o solo puedo ver que todos los demás son los culpables?
Cualesquiera que sean las causas de las diferencias, en la medida en que la imagen y el prestigio de un partido –ganado a pulso durante décadas- se siga deteriorando ante los ojos de la sociedad por las acciones de los propios panistas en pleito, el único afectado es el PAN con daños que pueden ser irreversibles y, paradójicamente, el más beneficiado es el PRI que tanto deterioro le ha causado y le sigue causando a Yucatán.
Dicho de otra manera, las luchas internas de panistas contra panistas sólo abonan a la causa del PRI; es decir, los propios panistas en pleito le están haciendo la campaña anticipada al PRI. En vez de criticarse mutuamente, los panistas en conflicto deberían reflexionar sobre el futuro de la institución a la que pertenecen, sobre la necesidad de reenfocar sus energías y sobre la responsabilidad que tendrían que asumir ante posibles futuras derrotas culturales y electorales.
Las dirigencias y los dirigentes son transitorios, la institución no, entonces se debería cuidar a la institución, desde arriba, desde abajo, o desde cualquier otro flanco. No hay tiempo que perder. La sociedad así lo demanda.
Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
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En estos momentos difíciles para Yucatán, a consecuencia del regreso de las viejas y dañinas prácticas priístas desde el gobierno que con desparpajo son repetidas pero al mismo tiempo son minimizadas o ignoradas por los mismos responsables, es mucho más legítima y urgente la demanda social de una oposición responsable y unida, pues sólo de esta manera se podría constituir un contrapeso más legítimo a los abusos reales del poder.
Críticas de panistas contra panistas se escuchan y se leen en diferentes ámbitos públicos, y las filtraciones de información que se genera en reuniones privadas ya son recurrentes, y quizá hasta son festinadas por sus autores desde el anonimato.
Sale sobrando decir que un partido es una institución pública y que, por tanto, sus acciones y decisiones necesariamente deben estar bajo el escrutinio público. Sin embargo, no se debe confundir la transparencia con la falta de disciplina.
Los intereses personales y/o de grupo son legítimos de manera que deben ser atendidos y dirimidos en las instancias que existen para tal efecto. Si algo no le parece a alguien debe decirlo de frente, debe aportar pruebas y debe recurrir a las instancias que sean necesarias, ya que, repito, para eso fueron instituidas. Para además, existen el diálogo y la negociación que son los instrumentos vitales para la acción política ¿Hacemos política desde arriba y desde abajo? La libertad de expresión no es sinónimo de autodestrucción.
Cada acusación y cada escándalo públicos de panistas por la defensa de intereses personales o de grupo que se anteponen a la aspiración máxima de “Por una patria ordenada y generosa, y una vida mejor y más digna para todos” probablemente afecten a otros panistas, a las dirigencias, a ex funcionarios o a ex dirigentes contra quienes van dirigidas, pero el daño grave es para toda una institución que tardó más de 50 años para construirse una imagen de confianza basada en valores ¿Se ha reflexionado sobre esta situación?
La primera autocrítica, entendida como “los juicios que se realizan sobre comportamientos propios”, debería comenzar precisamente con las acciones que cada quien realice en función del interés personal, de grupo o del institucional.
¿Qué aporta o cómo afecta una crítica o una denuncia pública contra mi propio partido?, ¿Tengo pruebas para sostener lo que digo o sólo busco el impacto mediático que deje mal a otro panista o a otro grupo de panistas?, ¿Quién fue el que inició la agresión?, ¿Debo ser prudente o debo contestar y empeorar la agresión?, ¿Existen las instancias para dirimir mis inconformidades?, ¿He recurrido a ellas?, ¿Son los medios de comunicación la instancia para dirimir las diferencias internas?, ¿Ayudan en algo al partido las filtraciones de información de asuntos internos?
¿En qué medida afectará a los panistas determinadas decisiones?, ¿Estoy dispuesto a pedir perdón por una mala decisión?, ¿Hay respeto a los estatutos?, ¿Hay garantías para impartir justicia partidista?, ¿Hay a apego a los principios de solidaridad, subsidiariedad, respeto ala dignidad de la persona humana y bien común?, ¿El deseo y el esfuerzo de unidad es real y sincero?, ¿Tengo la capacidad de autocrítica y de aceptar mi responsabilidad o solo puedo ver que todos los demás son los culpables?
Cualesquiera que sean las causas de las diferencias, en la medida en que la imagen y el prestigio de un partido –ganado a pulso durante décadas- se siga deteriorando ante los ojos de la sociedad por las acciones de los propios panistas en pleito, el único afectado es el PAN con daños que pueden ser irreversibles y, paradójicamente, el más beneficiado es el PRI que tanto deterioro le ha causado y le sigue causando a Yucatán.
Dicho de otra manera, las luchas internas de panistas contra panistas sólo abonan a la causa del PRI; es decir, los propios panistas en pleito le están haciendo la campaña anticipada al PRI. En vez de criticarse mutuamente, los panistas en conflicto deberían reflexionar sobre el futuro de la institución a la que pertenecen, sobre la necesidad de reenfocar sus energías y sobre la responsabilidad que tendrían que asumir ante posibles futuras derrotas culturales y electorales.
Las dirigencias y los dirigentes son transitorios, la institución no, entonces se debería cuidar a la institución, desde arriba, desde abajo, o desde cualquier otro flanco. No hay tiempo que perder. La sociedad así lo demanda.
Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
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jueves, 15 de noviembre de 2007
Un balance necesarioLo positivo y lo negativo
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
Sin adjetivos ni calificaciones, considero que la gente debe tener elementos suficientes para opinar sobre los primeros 100 días del actual Poder Ejecutivo.
Una de las formas es recordar y hacer un recuento de los sucesos ocurridos a lo largo de este tiempo. No se trata de ver sólo lo señalado como negativo, sino también lo que pudiera ser positivo y hacer un balance entre uno y otro.
Lo positivo
Planes de vivienda para que la gente que no alcance un salario mínimo tengan acceso a una. Apoyos a pescadores mediante el otorgamiento de seguros de vida.
Pasos que dejan huella que consiste en el reparto masivo de zapatos.
El programa Reconocer para dar apoyos a personas de la tercera edad.
Reducción del sueldo al 50% de la gobernadora a favor de un fondo de becas.
El firme compromiso de ayudar a las familias afectadas por el huracán “Dean” (según el PRI).
Prolongadas audiencias públicas a los ciudadanos.
Envío de apoyos otorgados por los yucatecos mediante colectas a Tabasco.
Se recuperó el estado de Derecho al terminar con irregularidades, como en el Cobay (Según el PRI).
Cambios en la operación de la Feria de Xmatkuil para hacerla más accesible (Según el PRI).
El arranque de la construcción de 30 puentes peatonales en el periférico.
Mejoras en siete centros de salud con una inversión de seis millones de pesos.
Lo negativo
Destrozos y desmanes en Sotuta y hasta la fecha no hay detenidos ni se han resarcido los daños. Ante la falta de seguridad, vecinos de Komchén salen a las calles a hacerse justicia por propia mano.
La renuncia muy temprana del procurador de justicia saca a relucir una lucha interna por el poder.
Sigue en su puesto el cuñado de la gobernadora. El Colegio de Abogados ya opinó que es nepotismo.
Apuesta una ambulancia y la pierde, y aunque lo niega la desmiente su homólogo neolonés.
No se hizo caso a los perfiles rectores que fueron propuestos por la ciudadanía para el gabinete.
No hay una sola mujer en el primer círculo de gobierno de Ivonne Ortega.
Fueron suspendidos servicios en el O'Horán, pero la autoridad estatal desacató la orden federal.
No se consultó con la sociedad, como se prometió, la reforma administrativa del Poder Ejecutivo.
Cinco personas fueron “levantadas” en el sur de Mérida. La autoridad local ni estaba enterada. Se descubre a la gobernadora haciendo campaña en Tamaulipas a favor de su partido, el PRI.
Se dio marcha atrás a la promesa de reducir los sueldos de los funcionarios del Ejecutivo estatal.
Se pidió que Yucatán sea declarado “zona de desastre”, pero no se demostraron los daños.
Sigue sin respuesta la petición de que se rinda un informe detallado de los daños causados por el huracán “Dean”.
Se acusó a Diconsa de distribuir alimentos caducos, pero aún así se le pide que siga con esta tarea.
Se habló de 85 intoxicados en Kinchil por desayunos escolares en mal estado, una versión que resultó ser falsa.
Se acusó a Alpura de entregar leche adulterada, pero luego se dijo que su producto es de buena calidad.
Un ex comandante de la SPV y su esposa denuncian que son acosados por la policía estatal.
Un subprocurador es denunciado por abuso de poder. Hay tres quejas en derechos humanos.
El consejero jurídico es denunciado de acoso a ex empleados para que se desistan de juicios laborales.
Otro subprocurador es denunciado por hostigar a un ciudadano para que firme un divorcio.
Un ex funcionario es encarcelado por negarse a firmar su renuncia voluntaria en la Contraloría. Dos ex funcionarios estatales son arraigados antes de que haya pruebas contundentes en su contra. Funcionarios del INAIP son amenazados y presionados para que renuncien a sus cargos. Una protesta pacífica de taxistas y sus familias es disuelta violentamente por policías civiles y de Protección y Vialidad.
La alcaldesa de Conkal es agredida ante la vista y paciencia de policías de la SPV.
Agresiones y desmanes impunes en las elecciones de Xcuyún, Conkal. La SPV sólo observó. Peritos de la Procuraduría denuncian que son obligados a cambiar sus dictámenes.
El gremio municipal acusa al PRI y al gobierno de incurrir en venganzas políticas.
Se acusa al FUTV de desestabilizar al gremio de radiotaxistas para que les quiten la concesión. Se acusa el Ejecutivo de entrometerse en la vida sindical en el sector Salud.
Se acusa al Ejecutivo de la peor intromisión en el XXX Congreso del SNTE, para la elección de su líder sindical.
Se acusa al Ejecutivo de generar un conflicto en el Colegio de Bachilleres.
Se prometió ayudar a los humildes sin subsidios, pero se reparten zapatos y apoyos a ancianos. Sale a la luz una millonaria aportación de la gobernadora para la campaña federal del PRI.
Se ofreció un gobierno cercano a la gente pero se informa que la gobernadora se la pasa viajando por todo el país.
Casi no hay evento en que la gobernadora no acuda con varias horas de atraso.— Mérida, Yucatán.
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
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Sin adjetivos ni calificaciones, considero que la gente debe tener elementos suficientes para opinar sobre los primeros 100 días del actual Poder Ejecutivo.
Una de las formas es recordar y hacer un recuento de los sucesos ocurridos a lo largo de este tiempo. No se trata de ver sólo lo señalado como negativo, sino también lo que pudiera ser positivo y hacer un balance entre uno y otro.
Lo positivo
Planes de vivienda para que la gente que no alcance un salario mínimo tengan acceso a una. Apoyos a pescadores mediante el otorgamiento de seguros de vida.
Pasos que dejan huella que consiste en el reparto masivo de zapatos.
El programa Reconocer para dar apoyos a personas de la tercera edad.
Reducción del sueldo al 50% de la gobernadora a favor de un fondo de becas.
El firme compromiso de ayudar a las familias afectadas por el huracán “Dean” (según el PRI).
Prolongadas audiencias públicas a los ciudadanos.
Envío de apoyos otorgados por los yucatecos mediante colectas a Tabasco.
Se recuperó el estado de Derecho al terminar con irregularidades, como en el Cobay (Según el PRI).
Cambios en la operación de la Feria de Xmatkuil para hacerla más accesible (Según el PRI).
El arranque de la construcción de 30 puentes peatonales en el periférico.
Mejoras en siete centros de salud con una inversión de seis millones de pesos.
Lo negativo
Destrozos y desmanes en Sotuta y hasta la fecha no hay detenidos ni se han resarcido los daños. Ante la falta de seguridad, vecinos de Komchén salen a las calles a hacerse justicia por propia mano.
La renuncia muy temprana del procurador de justicia saca a relucir una lucha interna por el poder.
Sigue en su puesto el cuñado de la gobernadora. El Colegio de Abogados ya opinó que es nepotismo.
Apuesta una ambulancia y la pierde, y aunque lo niega la desmiente su homólogo neolonés.
No se hizo caso a los perfiles rectores que fueron propuestos por la ciudadanía para el gabinete.
No hay una sola mujer en el primer círculo de gobierno de Ivonne Ortega.
Fueron suspendidos servicios en el O'Horán, pero la autoridad estatal desacató la orden federal.
No se consultó con la sociedad, como se prometió, la reforma administrativa del Poder Ejecutivo.
Cinco personas fueron “levantadas” en el sur de Mérida. La autoridad local ni estaba enterada. Se descubre a la gobernadora haciendo campaña en Tamaulipas a favor de su partido, el PRI.
Se dio marcha atrás a la promesa de reducir los sueldos de los funcionarios del Ejecutivo estatal.
Se pidió que Yucatán sea declarado “zona de desastre”, pero no se demostraron los daños.
Sigue sin respuesta la petición de que se rinda un informe detallado de los daños causados por el huracán “Dean”.
Se acusó a Diconsa de distribuir alimentos caducos, pero aún así se le pide que siga con esta tarea.
Se habló de 85 intoxicados en Kinchil por desayunos escolares en mal estado, una versión que resultó ser falsa.
Se acusó a Alpura de entregar leche adulterada, pero luego se dijo que su producto es de buena calidad.
Un ex comandante de la SPV y su esposa denuncian que son acosados por la policía estatal.
Un subprocurador es denunciado por abuso de poder. Hay tres quejas en derechos humanos.
El consejero jurídico es denunciado de acoso a ex empleados para que se desistan de juicios laborales.
Otro subprocurador es denunciado por hostigar a un ciudadano para que firme un divorcio.
Un ex funcionario es encarcelado por negarse a firmar su renuncia voluntaria en la Contraloría. Dos ex funcionarios estatales son arraigados antes de que haya pruebas contundentes en su contra. Funcionarios del INAIP son amenazados y presionados para que renuncien a sus cargos. Una protesta pacífica de taxistas y sus familias es disuelta violentamente por policías civiles y de Protección y Vialidad.
La alcaldesa de Conkal es agredida ante la vista y paciencia de policías de la SPV.
Agresiones y desmanes impunes en las elecciones de Xcuyún, Conkal. La SPV sólo observó. Peritos de la Procuraduría denuncian que son obligados a cambiar sus dictámenes.
El gremio municipal acusa al PRI y al gobierno de incurrir en venganzas políticas.
Se acusa al FUTV de desestabilizar al gremio de radiotaxistas para que les quiten la concesión. Se acusa el Ejecutivo de entrometerse en la vida sindical en el sector Salud.
Se acusa al Ejecutivo de la peor intromisión en el XXX Congreso del SNTE, para la elección de su líder sindical.
Se acusa al Ejecutivo de generar un conflicto en el Colegio de Bachilleres.
Se prometió ayudar a los humildes sin subsidios, pero se reparten zapatos y apoyos a ancianos. Sale a la luz una millonaria aportación de la gobernadora para la campaña federal del PRI.
Se ofreció un gobierno cercano a la gente pero se informa que la gobernadora se la pasa viajando por todo el país.
Casi no hay evento en que la gobernadora no acuda con varias horas de atraso.— Mérida, Yucatán.
Por Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral
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