sábado, 14 de marzo de 2009

Nugatorio acceso a la justicia electoral

Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral

Casi imposible probar hechos

La reforma electoral, aprobada en diciembre de 2007, y que se estrena en el actual proceso para renovar la Cámara Baja del Congreso de la Unión, de manera muy temprana ha demostrado insuficiencias y deficiencias jurídicas que hacen nugatorio el acceso a la justicia electoral.

Entre otras cosas, los cambios jurídicos buscan evitar el enrarecimiento del ambiente político, para lo cual se impuso como obligación a los actores abstenerse de cualquier expresión pública que denigre a las instituciones y a los partidos o que calumnie a las personas.

Han ocurrido hechos que constituyen notorias violaciones a estas disposiciones establecidas en el Código Federal de Institucional y Procedimientos Electorales (Cofipe), pero que se han quedado sin castigo, a consecuencia de que es casi imposible probarlos.

Dada la naturaleza efímera de los actos que podrían ser controvertidos, como son los eventos públicos en los participen los aspirantes, las pruebas más socorridas podrían ser las llamadas técnicas (fotos, vídeos, etc.), la confesional y los testimonios.

El propio Cofipe establece -Artículo 358- que éstas dos últimas “podrán ser admitidas cuando se ofrezcan en acta levantada ante fedatario público que las haya recibido directamente de los declarantes, y siempre que estos últimos queden debidamente identificados y asienten la razón de su dicho”.

En otras palabras, si al momento de ocurrir la violación no hay fedatario público del que se pueda disponer, los testimonios de las personas no tendrán valor probatorio alguno.

Esta situación presupone lo siguiente:
a) ¿En cuántos casos será posible contar con el servicio de los notarios, sobre todo tratándose de violaciones que ocurran en sitios alejados de la capital?
b) ¿Será que los notarios estén dispuestos a dar fe de hechos que vayan contra los aspirantes designados desde el Palacio de Gobierno sin temor a represalias a que pierdan su patente?
c) ¿Cuánto dinero tendrían que invertir los partidos, los candidatos o cualquier ciudadano para contratar los servicios de un notario, ya que sus honorarios andan alrededor de los $5,000 para dar fe sobre algún hecho?

La confesión, al igual que los testimonios, tampoco tendrá valor probatorio si no es levantada ante notario público. Además, en materia electoral no existe la figura de la “confesión ficta”, lo que implica que los denunciados pueden dejar de acudir a las audiencias para la resolución de los conflictos y la prueba no se desahoga dejando un enorme vacío en la investigación. La ley abre la posibilidad de que asista el representante legal del denunciado, lo cual es un absurdo porque la confesión sólo debe correr a cargo del directamente implicado.

Hay que diferenciar dos cosas: a) La existencia del acto violatorio de las normas y, b) La imposibilidad de hacer las imputaciones al responsable de la violación.
En el caso de un precandidato, aspirante a diputado por Distrito I, quien hizo una serie de denostaciones contra el PAN, incurrió de manera notoria y pública en violaciones a la ley; sin embargo, ante la imposibilidad de contar con las complejas pruebas que exige el Cofipe para lograr la imputación, el acto quedó en la impunidad.

El indiciado, como no fue obligado a emitir confesión, jamás dio la cara para dar su versión de los hechos que, desde luego, pasaba por desmentir al Diario de Yucatán o reconocer, con valor civil, que efectivamente expresó lo publicado.

Asimismo, el Cofipe adopta la figura de “proceso especial sancionador” mediante el cual debe resolver en tan solo cinco días las denuncias puestas a su consideración, lo que puede traer consigo muchas inconsistencias jurídicas.

Todo parece indicar que la reforma estatal se basará en las nuevas disposiciones contenidas en el Cofipe, lo que resulta preocupante, porque en las elecciones estatales se estarían repitiendo las mismas historias de impunidad.

Corresponderá a los próximos legisladores federales impulsar los cambios necesarios para que la justicia electoral sea real y efectiva y no se repita lo mismo en el ámbito estatal.

Por Lic. Daniel Jesús Carrillo Polanco
Master en Comunicación Política y Marketing Electoral

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